Por estas causas puede perder el Certificado de Explotación una línea aérea
por Redacción Web |

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Tegucigalpa. La Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC) tiene la facultad de suspender o cancelar un Certificado de Explotación de una aerolínea en diversos casos, especialmente cuando se presentan infracciones graves que comprometan la seguridad y la operatividad del servicio aéreo en el país.
Según el artículo 126 de la Ley de Aeronáutica Civil, una aerolínea puede ver suspendido o cancelado su certificado por varias razones, entre las que destacan: la interrupción total o significativa del servicio aéreo sin autorización previa, el traspaso del certificado de explotación sin el cumplimiento de las disposiciones legales, o el incumplimiento grave de las leyes y reglamentos aeronáuticos.
En el caso de que el titular de una aerolínea cambie su nacionalidad o no cumpla con los requisitos establecidos por la ley, la cancelación del certificado será obligatoria y total.
Además, la AHAC tiene la potestad de cancelar o suspender el certificado si se determina que la empresa ha incurrido en infracciones graves que afecten la seguridad aeronáutica.
De acuerdo a fuentes del rubro aeronáutico consultadas por ICN Digital, el no cumplimiento de medias de mantenimiento de las aeronaves implica una infracción grave.
Artículo 53 de la Ley de Aeronáutica Civil: «El período de duración de un Certificado de Aeronavegabilidad debe ser el que establezca la Regulación de Aeronáutica Civil respectiva y el mismo se otorga de conformidad con el programa de mantenimiento de la aeronave, recomendado por el fabricante o atendiendo a la edad de la aeronave, a criterio de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC); vencido dicho período, la aeronave debe someterse a una nueva inspección«.
El proceso de cancelación no es inmediato, sino que pasa por un procedimiento administrativo que incluye una evaluación del incidente o accidente en cuestión, la cual puede ser revisada por la Comisión Investigadora de Accidentes e Incidentes de Aviación (CIAIA).
Esta comisión será la encargada de determinar si la caída al mar del avión Jetstream 32 de la aerolínea Lanhsa, ocurrida tras su despegue del Aeropuerto Juan Manuel Gálvez en Roatán, Islas de la Bahía, en el Caribe hondureño, y que dejó 12 fallecidos, fue producto de negligencia.
Naturaleza de infracción
El Reglamento de la Ley establece que al determinar la sanción correspondiente, se deben considerar factores como la naturaleza de la infracción, el peligro real o potencial para la seguridad de las operaciones aéreas y la actitud de la empresa infractora hacia la situación.
Además, se contempla la posibilidad de imponer sanciones adicionales como multas, sin que estas excluyan la revocación o suspensión del certificado.
En cuanto al proceso, el artículo 232 detalla que la imposición de sanciones debe seguir un procedimiento formal que incluye desde amonestaciones hasta la apertura de expedientes y audiencias, si se considera necesario. Todo esto, bajo la supervisión de la AHAC, que evaluará el caso antes de emitir una resolución definitiva.
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