Hijo de Mario Moncada viola ley de Política Limpia al hacer campaña con obras estatales
Tegucigalpa, Honduras.- El aspirante a vicealcalde de Talanga por el partido Libre, Mario Antonio Moncada Arguijo, hijo del comisionado de Condepor, Mario Moncada, ha convertido obras y recursos estatales en insumos de propaganda política, actos que violan la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.
Su estrategia política consiste en gestionar proyectos ante la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (Condepor) y en la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y, tras lograr que se aprueben, los exhibe públicamente como parte de su campaña para ganar respaldo electoral.
Tácitamente, la Ley de Política Limpia, como se conoce a esta normativa, dice en su artículo 24 que “los recursos o bienes del Estado no pueden ser utilizados ilícitamente para actividades electorales”.
Y Moncada Junior, sobrino de la candidata presidencial de ese partido, Rixi Moncada, no esconde que haga uso de bienes de estado para hacer proselitismo de cara a las elecciones del 30 de noviembre, pues en redes sociales divulga las gestiones hace, por ejemplo, ante Condepor.
En este esquema también aparece la candidata de Libre en Talanga, Lesbia Sánchez, quien junto a Moncada Jr. incurre en las mismas violaciones al promover obras estatales como parte de su campaña.
Uno de los ejemplos más evidentes fue la ceremonia de arranque del Complejo Deportivo y Recreativo en el Cerrito de la Cruz, valorado en 46.5 millones de lempiras. Moncada Jr. participó en la mesa principal, en la que también estuvo su padre, y la actividad fue difundida por la página oficial de Condepor en Facebook.
En otra aparición pública, en redes sociales, admite que representa al ministro de Energía y gerente de la Enee, Erick Tejada, en el inicio de la ejecución de proyectos en Talanga, reforzando el uso de actos de gobierno como propaganda.
Esto significa que, aunque no haya una entrega directa de dinero al candidato, si este se aprovecha de proyectos, infraestructura o actos financiados con dinero público para fines electorales, está incurriendo en financiamiento ilícito.

La ley reconoce dos fuentes legales de financiamiento:
• Público: deuda política y financiamiento para actividades específicas, administrado y aprobado por el Consejo Nacional Electoral (arts. 17 y 18).
• Privado: aportaciones de personas naturales o jurídicas dentro de límites y condiciones reguladas (arts. 20 al 23).
Usar o recibir dinero fuera de estos mecanismos está prohibido y constituye financiamiento ilegal, ya sea que provenga de instituciones del Estado, donaciones extranjeras no autorizadas, aportes anónimos o recursos disfrazados a través de terceros.
A la luz de esta ley, un proyecto estatal como propaganda equivale a recibir financiamiento ilegal del Estado, porque la norma solo permite que los fondos públicos, como deuda política, lleguen a la política mediante los mecanismos regulados por el CNE.
La deuda política es el financiamiento público que el Estado entrega a los partidos después de las elecciones generales como reembolso por su participación, calculado en función de los votos válidos que cada uno obtuvo.
El monto se obtiene multiplicando el número de sufragios por el costo por voto, valor que fija el Consejo Nacional Electoral (CNE) en cada proceso según la situación económica y el costo real de las campañas.
A estas transgresiones se suma lo estipulado en el Código de Conducta Ética del Servidor Público, cuyo artículo 20 prohíbe favorecer intereses de familiares hasta cuarto grado de consanguinidad y cuyo artículo 15 impide usar instalaciones, personal o recursos de dependencias públicas para proselitismo.