Tegucigalpa, Honduras. — La negativa del alcalde saliente del Distrito Central, Jorge Aldana, a entregar la alcaldía pese a la declaratoria oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE) abrió un escenario de posibles responsabilidades penales que trasciende el plano político y coloca el conflicto en el terreno constitucional y judicial.

Las elecciones municipales se celebraron el 30 de noviembre de 2025 y, tras el cierre del proceso de escrutinio y revisión de actas, el CNE emitió la declaratoria oficial proclamando como alcalde electo del Distrito Central a Juan Diego Zelaya, quien obtuvo 164,465 votos, frente a los 163,577 alcanzados por Aldana, del partido Libertad y Refundición, una diferencia de 888 votos. Para los sectores inconformes, ese margen volvió determinante el bloque de actas no revisadas, que —según sus señalamientos— agruparía alrededor de 100,000 votantes, cerca del 20 por ciento del electorado capitalino.

Pese a la declaratoria, Aldana anunció públicamente que no entregará la alcaldía mientras no se realice un recuento completo de las actas pendientes. “No pienso entregarle la ciudad a alguien que está siendo impuesto”, afirmó, al tiempo que cuestionó la legitimidad del proceso y del ganador declarado.

En estas elecciones municipales, las autoridades electas —incluida la Alcaldía del Distrito Central— fueron escogidas para el período 2026–2030.

Delitos que podría configurar la negativa

Especialistas en derecho constitucional y penal advierten que, una vez emitida la declaratoria del CNE, la permanencia en el cargo sin reconocimiento del resultado oficial deja de ser una controversia política y puede configurar delitos concretos previstos en la legislación hondureña.

Uno de ellos es la usurpación de funciones públicas, que se configura cuando una persona continúa ejerciendo un cargo sin título legal válido, es decir, después de concluido el período o cuando existe una resolución firme que acredita a otra autoridad electa.

Este delito, tipificado en el Código Penal, conlleva penas de 1 a 3 años prisión y multa, además de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el tiempo de la condena.

A ello se suma el abuso de autoridad, aplicable si el funcionario dicta resoluciones, ordena pagos, suscribe contratos o dispone de recursos públicos sin competencia legal, una vez que ha perdido la legitimidad para ejercer el cargo. Estas conductas también están sancionadas con inhabilitación de 3 a 6 años.

Otro tipo penal que podría concurrir es la desobediencia, que se sanciona con privación de la libertad de 6 meses a 2 años, al desconocer de forma expresa una resolución emitida por la autoridad constitucional competente en materia electoral.

La negativa reiterada a acatar la declaratoria del CNE puede ser interpretada como un incumplimiento deliberado de un mandato legal.

Desde el punto de vista constitucional, la controversia no se traduce automáticamente en una sanción penal, pero sí tiene consecuencias jurídicas claras. La Constitución establece que ninguna autoridad puede ejercer funciones sin legitimidad y que los actos realizados en esas condiciones son nulos, por lo que carecen de validez legal.

Asimismo, la Carta Magna solo contempla la pérdida de la ciudadanía en casos en los que se acredite el uso de medios fraudulentos para burlar la voluntad popular, un supuesto que requiere prueba y resolución firme, y que no se configura por el solo hecho de desconocer una declaratoria electoral.

La vía legal

La legislación electoral establece que los desacuerdos con los resultados deben canalizarse mediante recursos de impugnación ante el CNE, y sin son rechaza dios se recurre en apelación ante el Tribunal de Justicia Electoral (TJE), instancia facultada para conocer sobre las nulidades.

Agotadas las instancias ante el órgano electoral, la parte inconforme puede acudir al recurso de amparo ante la Corte Suprema de Justicia, siempre que alegue la vulneración de derechos constitucionales, sin que ello implique la suspensión automática de la declaratoria electoral.

Con la toma de posesión del nuevo gobierno programada para el 27 de enero de 2026, la postura del alcalde saliente introduce el riesgo de una parálisis administrativa en la capital y plantea un desafío directo al orden constitucional, en un contexto en el que la controversia electoral amenaza con trasladarse de los tribunales al ámbito penal.